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Bancarias - 2026-04-25 - 6 min lectura

IRPH 2025: jurisprudencia STJUE y STS para reclamar

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido el caballo de batalla bancario más complejo de los últimos diez años. La sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2024 cerró el debate jurisprudencial: el IRPH es válido como índice oficial pero las cláusulas pueden ser nulas si no superan el control de transparencia. Esta guía explica cuándo se gana, cuánto se recupera y cómo se reclama.

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Contexto: qué es el IRPH

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial del Banco de España calculado a partir del TAE medio aplicado por bancos y cajas a sus hipotecas. Hay tres modalidades:

El problema: el IRPH se calcula sobre TAEs (que ya incluyen el diferencial de cada entidad). Por eso es estructuralmente más alto que el Euríbor, que solo refleja el coste interbancario. Las hipotecas con IRPH suelen pagar 0,5-1,5 puntos porcentuales más que las con Euríbor a lo largo del préstamo.

STJUE 12 diciembre 2024: la sentencia clave

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2024 resolvió las cuestiones pendientes sobre IRPH:

  1. El IRPH es un índice válido conforme a la normativa española y europea.
  2. Pero las cláusulas pueden ser nulas por falta de transparencia material.
  3. La transparencia material exige que el banco hubiera explicado al consumidor: cómo se calcula el IRPH, en qué se diferencia del Euríbor (índice más conocido), y la evolución pasada del IRPH frente al Euríbor.
  4. Si la cláusula es nula, el juzgado puede integrar el contrato con un índice supletorio (típicamente Euríbor + diferencial razonable).

El test práctico: si el banco no entregó folleto informativo previo con comparativa IRPH vs Euríbor y evolución histórica, la cláusula es probablemente nula.

El control de transparencia

El control de transparencia material exige cuatro elementos:

En la práctica, la inmensa mayoría de hipotecas con IRPH firmadas entre 2005 y 2015 NO superan el control de transparencia. El banco se limitó a poner 'IRPH' en la escritura sin explicación adicional.

Rangos reales de recobro

Cifras orientativas de recobro según capital pendiente y antigüedad:

El recobro se calcula comparando lo efectivamente pagado bajo IRPH con lo que se habría pagado bajo el índice supletorio (Euríbor + diferencial razonable). Cuanto mayor el capital y la antigüedad, mayor el recobro.

Entidades con más casos

Bancos con más hipotecas IRPH activas (por absorciones):

La probabilidad de éxito en demandas IRPH supera el 80% en hipotecas firmadas entre 2005 y 2015 sin documentación previa de transparencia.

Cómo se reclama paso a paso

Cuatro fases:

  1. Análisis previo de viabilidad: revisión de escritura, FIPER, documentación de oferta. Verificación del cumplimiento del control de transparencia. Cálculo estimado del recobro. Esta fase es gratuita.
  2. Burofax extrajudicial: requerimiento al banco. Aproximadamente el 20% de casos se cierran en esta fase con acuerdo.
  3. Demanda civil: si no hay acuerdo, demanda ante el juzgado del domicilio del consumidor. Procedimiento ordinario. Plazo medio 12-20 meses.
  4. Ejecución y cobro: tras sentencia firme, devolución en 1-3 meses. La sentencia obliga a aplicar el índice supletorio retroactivamente y devolver la diferencia.

Tras la STJUE 12 diciembre 2024, no hay límite temporal para la acción: las hipotecas firmadas hasta hace 20 años pueden reclamarse si nunca se cuestionó la cláusula antes.

Preguntas frecuentes

¿Mi hipoteca con IRPH es siempre nula?

No siempre. Depende del control de transparencia: si el banco entregó documentación previa explicando el índice, comparativa con Euríbor y evolución histórica, la cláusula puede ser válida. En la mayoría de casos no se entregó esa documentación.

¿Hay plazo para reclamar IRPH?

No. La acción de nulidad de cláusula abusiva no prescribe (STJUE 25 abril 2024 asunto C-561/21). La acción de devolución empieza a contar tras sentencia firme.

¿Puedo reclamar si la hipoteca está pagada?

Sí. La amortización total no impide la reclamación. Recuperas la diferencia entre lo pagado bajo IRPH y lo que habrías pagado bajo Euríbor + diferencial.

¿Y si el banco fue absorbido por otro?

Demandas al banco actual (que asume las obligaciones del absorbido). En CaixaBank reclamas hipotecas firmadas en La Caixa, Caja Madrid, Bankia, etc. En BBVA reclamas Catalunya Banc, Unnim. Etc.

¿Cuánto cuestan vuestros honorarios?

Solo a éxito. Si no recuperamos, no cobramos. Si recuperamos, un porcentaje del importe efectivamente recobrado. En primera consulta damos rango exacto.

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