Reclamaciones bancarias en Sevilla · 100% online.
Si tu hipoteca en Sevilla tiene IRPH, tienes tarjetas revolving con TAE del 24-27%, o pagaste tú los gastos de notaría, registro y gestoría de tu hipoteca, hay reclamación posible. La sentencia del TJUE 25 abril 2024 confirmó que la acción no caduca. Honorarios a éxito (sin recobro, sin cobro). Despacho mercantil con sede en Málaga, atendemos toda Andalucía.
Qué reclamamos a los bancos en Sevilla.
Sevilla ↔ Málaga, en cuatro pasos.
Dudas habituales.
¿Qué juzgado conoce la reclamación bancaria si vivo en Sevilla?
Las acciones de nulidad de cláusulas abusivas con consumidores se tramitan ante los Juzgados de Primera Instancia especializados en condiciones generales de la contratación de Sevilla capital. Competencia territorial del domicilio del consumidor (art. 90 ter LOPJ y arts. 51 y ss. LEC).
¿Qué bancos hemos demandado en juzgados de Sevilla?
WiZink, BBVA, CaixaBank, Santander, Sabadell, Cofidis, Cetelem, El Corte Inglés Card, Carrefour Pass, Unicaja Banco (con sede en Málaga, fuerte presencia hipotecaria en Andalucía Occidental incluyendo Sevilla), Bankinter y entidades de crédito al consumo. Conocemos los criterios de los juzgados sevillanos.
¿Qué reclamaciones aplican a clientes de Sevilla?
Las cuatro habituales: tarjetas revolving por usura, IRPH no transparente (Unicaja, BBVA y Santander con volumen importante en Andalucía Occidental), gastos de hipoteca (sin caducidad tras TJUE 25 abril 2024), cláusula suelo.
¿Cuánto cobráis?
Honorarios a éxito (sin recobro, sin cobro). Si recuperamos, un porcentaje del importe efectivamente recobrado (20-30% según complejidad).
¿Cuánto puedo recuperar?
Tarjetas revolving: 3.000-15.000 € por contrato. IRPH: 18.000-60.000 € en la vida del préstamo. Gastos de hipoteca: 1.500-4.000 €. Cláusula suelo: 6.000-15.000 € según años de aplicación. Acumulables en el mismo procedimiento.
Reclamar al banco desde Sevilla: cómo funciona el procedimiento.
Desde el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de mayo de 2017, las demandas de nulidad de condiciones generales de la contratación con consumidores —el cauce de toda reclamación bancaria— se concentran en juzgados de Primera Instancia especializados en cada provincia. En Sevilla, esa especialización agiliza un tipo de litigio que durante años saturó los juzgados ordinarios. Los recursos se resuelven ante la Audiencia Provincial de Sevilla, cuyos criterios sobre IRPH, gastos hipotecarios y usura conocemos al detalle.
No necesitas desplazarte. La competencia territorial corresponde al domicilio del consumidor (art. 90 ter LOPJ y arts. 51 y siguientes de la LEC), de modo que un cliente de Sevilla, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra o cualquier municipio de la provincia litiga en su propio fuero. Y como trabajamos 100% online —videollamada, firma electrónica y seguimiento por correo— llevamos todo el procedimiento sin que pises el despacho.
Las cuatro reclamaciones y su base legal
Tarjetas revolving. Se anulan por usura al amparo de la Ley de Represión de la Usura de 1908 y la doctrina del Tribunal Supremo (sentencias de 4 de marzo de 2020 y 15 de febrero de 2023): si el interés es notablemente superior al normal del dinero, el contrato es nulo y solo se devuelve el capital efectivamente prestado.
IRPH. Tras la sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020 (asunto C-125/18) y los pronunciamientos posteriores del Tribunal Supremo, el control de transparencia del índice IRPH sigue abierto. Unicaja —con sede en Málaga y fuerte implantación hipotecaria en Andalucía Occidental—, BBVA y Santander concentran buena parte de las hipotecas referenciadas a IRPH en la provincia de Sevilla.
Gastos de constitución de hipoteca. El Tribunal Supremo (23 de enero de 2019) fijó el reparto de los gastos de notaría, registro y gestoría; tras la resolución del TJUE de 25 de abril de 2024, la acción de restitución no caduca, lo que reabre reclamaciones que se daban por perdidas.
Cláusula suelo. Nula por falta de transparencia según la STS de 9 de mayo de 2013, con devolución retroactiva total desde la sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016 (asunto Gutiérrez Naranjo, C-154/15).
El procedimiento arranca con una reclamación extrajudicial a la entidad y, si no hay acuerdo, con la demanda ante el juzgado especializado. Trabajamos a éxito: si no se recupera, no se cobra. Las cuatro reclamaciones pueden acumularse en un mismo procedimiento cuando concurren en la misma hipoteca o cliente.
¿Eres de Sevilla y crees que el banco te ha cobrado de más?
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