Abogados de Segunda Oportunidad en Tenerife · 100% online.
Si vives en Santa Cruz de Tenerife, La Palma, La Gomera o El Hierro y arrastras deudas que ya no puedes pagar, la Ley 16/2022 puede cancelarlas. Lo tramitamos al 100% online ante el Juzgado de lo Mercantil de Santa Cruz de Tenerife: videollamada, firma electrónica y LexNET. Sin desplazamientos a la península. Sede del despacho en Málaga.
Tenerife: turismo del sur, comercio y servicios.
El tejido económico tinerfeño (turismo del sur, hostelería, comercio, autónomos del transporte) ha sufrido tensiones tras los créditos ICO 2020-2022 y la subida de tipos.
Tenerife ↔ Málaga, en cuatro pasos.
Dudas habituales.
¿Necesito desplazarme a Málaga si vivo en Tenerife?
No. Tramitamos toda la Ley de Segunda Oportunidad 100% online: videollamada, recogida documental cifrada, firma electrónica y presentación telemática vía LexNET ante el Juzgado de lo Mercantil de Santa Cruz de Tenerife (que es el competente por tu domicilio).
¿Qué juzgado tramita mi caso si vivo en Tenerife?
Los Juzgados de lo Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, que cuentan con un juzgado especializado y atienden a Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro. La competencia territorial la fija el domicilio del deudor.
¿Cuáles son los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad?
Tres principales: (1) ser deudor de buena fe (no condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años), (2) no haber rechazado oferta de empleo en los 4 años previos y (3) cumplir el procedimiento del art. 487 y siguientes del TRLC.
¿Cuánto tarda en los Juzgados de Tenerife?
Caso medio: 9-13 meses desde presentación a sentencia de exoneración. Canarias tiene el segundo mayor interés relativo de búsqueda en LSO de España según Google Trends 2025.
¿Pierdo mi vivienda en Tenerife?
No necesariamente. Si tu vivienda habitual en Tenerife tiene poco valor neto, suele conservarse en exoneración con plan de pagos.
¿Qué hacer si vivo en La Palma, La Gomera o El Hierro?
El procedimiento es 100% online: igual que para residentes en Santa Cruz capital. La competencia es de los Juzgados de Santa Cruz de Tenerife. Sin desplazamientos a la península ni a la capital tinerfeña salvo en vista de exoneración (cada vez más telemática).
La ley que cancela tu deuda.
La Ley de Segunda Oportunidad no es una ley independiente: es el procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020, arts. 486 y siguientes), profundamente reformado por la Ley 16/2022 que transpuso la Directiva (UE) 2019/1023 sobre marcos de reestructuración. La reforma simplificó trámites, suprimió el acuerdo extrajudicial de pagos previo en la mayoría de los casos y permitió la exoneración inmediata cuando concurren los requisitos.
En Tenerife, el procedimiento se tramita ante los Juzgados de lo Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, competentes por el domicilio del deudor. La distancia geográfica desde nuestra sede en Málaga es irrelevante: el 100% del expediente se gestiona por videollamada, firma electrónica reconocida (FNMT / Cl@ve) y presentación telemática vía LexNET.
Las deudas dentro y fuera del BEPI.
El art. 489 TRLC enumera las deudas no exonerables. Saber clasificar tu pasivo antes de presentar el expediente es la diferencia entre exoneración integral y exoneración parcial.
| Tipo de deuda | Tratamiento BEPI |
|---|---|
| Préstamos personales, tarjetas, microcréditos | Exonerables íntegramente |
| Avales firmados a la sociedad o a terceros | Exonerables íntegramente |
| Tarjetas revolving (con o sin nulidad) | Exonerables; conviene reclamar nulidad por usura antes |
| Deuda con Hacienda y Seguridad Social | Exonerable parcialmente, umbral de aprox. 10.000 € por organismo tras Ley 16/2022 |
| Hipoteca sobre vivienda habitual | Si está al corriente, se puede mantener; si no, opciones específicas (dación, plan de pagos) |
| Pensiones de alimentos | NO exonerables (art. 489.1.1 TRLC) |
| Daños por delitos dolosos | NO exonerables (art. 489.1.2 TRLC) |
| Sanciones penales y administrativas graves | NO exonerables |
| Indemnizaciones por dolo o culpa grave en la actividad | NO exonerables (art. 489.1.5 TRLC) |
El error más frecuente es entrar al procedimiento asumiendo que toda la deuda se cancelará. Una clasificación profesional previa evita sorpresas y permite diseñar la estrategia óptima (concurso ordinario, concurso sin masa o procedimiento especial microempresas).
Cuánto tarda y cuánto cuesta de verdad.
Los plazos dependen del tipo de procedimiento elegido y de la carga concreta del juzgado competente. Estos son los rangos orientativos tras la Ley 16/2022 en los Juzgados de lo Mercantil de Tenerife:
| Procedimiento | Plazo medio | Cuándo aplica |
|---|---|---|
| Concurso sin masa | 4-8 meses | Cuando no hay patrimonio realizable que liquidar |
| Concurso voluntario ordinario | 9-14 meses | Cuando hay patrimonio o controversia sobre exoneración |
| Procedimiento especial microempresas | 6-12 meses | Autónomos y micropymes (Libro Tercero TRLC) |
Sobre el coste: presupuesto cerrado antes de empezar, calculado en función del volumen de deuda, el número de acreedores y el tipo de procedimiento. Sin facturas sorpresa. Primera consulta gratuita por videollamada para fijar plazo y coste realistas.
Por qué un abogado especializado cambia el resultado.
| Aspecto | Sin abogado | Con abogado especialista |
|---|---|---|
| Clasificación deudas | Riesgo de presentar como exonerables deudas que no lo son | Análisis previo por tipo y umbral legal |
| Documentación bancaria | Movimientos sospechosos sin explicar | Cronología documentada, buena fe argumentada |
| Estrategia procesal | Concurso ordinario por defecto | Elección entre concurso sin masa, ordinario o procedimiento especial |
| Plazos preclusivos | Riesgo de subsanaciones y retrasos | Cumplimiento estricto desde la presentación |
| Negociación previa | No | Plan de reestructuración si es viable, antes del concurso |
| Hacienda y Seguridad Social | Riesgo de no aprovechar el umbral exonerable | Maximización del umbral legal y plan para el resto |
| Plazo medio del expediente | 14-24 meses (con subsanaciones) | 6-14 meses (preparación previa) |
Santa Cruz de Tenerife es competente para Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro; tramitación íntegra por LexNET y videollamada. Toda la tramitación es 100% online: tú no necesitas viajar ni a Málaga ni a tu propio juzgado salvo en vista de exoneración (cada vez más telemática).
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