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Concurso sin masa

Concurso exprés: precio, requisitos y plazos.

Si tu empresa no tiene bienes ni para pagar el propio concurso, el concurso exprés o sin masa permite cerrarla de forma ordenada y simplificada. Revisamos tu caso y te damos un presupuesto cerrado antes de empezar.

Qué es

Qué es el concurso exprés.

El concurso sin masa: la vía para cerrar una empresa sin bienes suficientes.

«Concurso exprés» es el nombre con el que se suele llamar al concurso sin masa, regulado en los artículos 37 bis a 37 quater del Texto Refundido de la Ley Concursal tras la reforma de la Ley 16/2022.

Se usa cuando la empresa no tiene bienes o derechos suficientes ni para cubrir los costes del procedimiento. En ese caso, el juez declara el concurso sin abrir todas las fases de un concurso ordinario, y los acreedores que representen al menos el 5 % del pasivo pueden pedir que se nombre un administrador concursal. Si ninguno lo pide, para una sociedad la ley no prevé una conclusión automática por ese solo motivo. Es distinto del procedimiento especial para microempresas, que tiene sus propias reglas.

Requisitos

Requisitos del concurso sin masa.

No basta con no tener dinero: hay que acreditarlo bien.

Con carácter general, el concurso sin masa se aplica cuando se da alguna de estas situaciones:

  • El deudor no tiene bienes ni derechos suficientes para atender los costes previsibles del procedimiento.
  • Los bienes que tiene están gravados por encima de su valor, o su venta resultaría desproporcionada frente a lo que se obtendría.
  • No hay indicios serios de acciones de reintegración, de impugnación, de responsabilidad de terceros ni de calificación culpable que pudieran aportar valor a los acreedores.

Por eso es clave preparar bien la documentación: inventario, lista de acreedores, contabilidad y una memoria que explique la situación. Una solicitud floja puede llevar a que se nombre administrador concursal.

Plazos

Plazos orientativos.

Dependen del juzgado y de cómo esté la documentación.

  1. Revisión y preparación: unas semanas, si la contabilidad está al día.
  2. Auto del juzgado: el juez declara el concurso y comprueba que se dan los requisitos del concurso sin masa.
  3. Plazo para los acreedores: los acreedores que representen al menos el 5 % del pasivo tienen 15 días desde el día siguiente a la publicación del edicto en el tablón edictal judicial único y en el Registro público concursal para pedir el nombramiento de un administrador concursal.
  4. Si nadie lo pide: la ley solo prevé expresamente que el deudor persona física pueda solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho. Para una sociedad no hay una conclusión automática por el solo paso de ese plazo.

Los tiempos reales varían mucho según la carga de cada Juzgado de lo Mercantil. En el diagnóstico te damos una estimación para tu caso.

Qué incluye

Qué incluye el servicio.

  • Revisión de la situación de la empresa y confirmación de que encaja el concurso sin masa.
  • Preparación de la solicitud, la memoria, el inventario y la lista de acreedores.
  • Presentación ante el Juzgado de lo Mercantil competente y seguimiento hasta la conclusión.
  • Asesoramiento al administrador durante todo el proceso.
  • Coordinación con la Ley de Segunda Oportunidad si también hay deudas personales.
Precio

Precio del concurso exprés.

Cada empresa tiene una situación distinta, así que trabajamos con presupuesto cerrado tras revisar tu caso: sabes lo que vas a pagar antes de empezar, sin sorpresas.

Puedes empezar por un diagnóstico de 30 minutos por 49,90 € o escribirnos por WhatsApp. Si quieres ver cómo se calculan los honorarios de un concurso ordinario, consulta cuánto cuesta un concurso de acreedores.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Qué es el concurso exprés?

Es el nombre habitual del concurso sin masa, regulado en los artículos 37 bis a 37 quater del Texto Refundido de la Ley Concursal tras la Ley 16/2022. Se aplica cuando la empresa no tiene bienes suficientes ni para pagar los costes del propio concurso, y permite cerrarlo de forma simplificada.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Que el deudor no tenga bienes o derechos suficientes para atender los costes previsibles del procedimiento, o que los que tenga estén gravados por encima de su valor o su realización resulte desproporcionada, y que no haya indicios serios de acciones de reintegración, de responsabilidad de terceros o de calificación culpable que puedan aportar valor. Lo valoramos revisando la documentación de la empresa.

¿Cuánto tarda un concurso exprés?

Depende sobre todo del juzgado. Como orientación, preparar la solicitud lleva unas semanas si la documentación está al día, y tras el auto los acreedores que representen al menos el 5 % del pasivo tienen 15 días desde el día siguiente a la publicación del edicto en el tablón edictal judicial único y en el Registro público concursal para pedir el nombramiento de un administrador concursal. Si ninguno lo pide, la ley solo prevé expresamente que el deudor persona física pueda solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho; para una sociedad no hay una conclusión automática por el solo paso de ese plazo.

¿Cuál es el precio del concurso exprés?

Te damos un presupuesto cerrado tras revisar tu caso. Puedes empezar por un diagnóstico de 30 minutos por 49,90 €, en el que revisamos la situación y te decimos si encaja el concurso sin masa.

¿Qué pasa con la sociedad al terminar?

Cuando se acuerda la conclusión del concurso de una sociedad, el juez ordena primero el cierre provisional de su hoja en el Registro Mercantil. Solo si pasa un año sin que se reabra el concurso, el registrador cancela definitivamente la inscripción. No hay extinción ni cancelación inmediatas. De las deudas no pagadas, los antiguos socios responden solidariamente, pero solo hasta lo que hubieran recibido como cuota de liquidación (art. 399 de la Ley de Sociedades de Capital), sin perjuicio de la responsabilidad de los liquidadores por dolo o culpa en su gestión.

¿Me protege como administrador?

Solicitar el concurso a tiempo y con la documentación en orden es la mejor forma de reducir el riesgo de que se analice tu gestión. Ese análisis solo llega a producirse si se nombra un administrador concursal, y para eso los acreedores que representen al menos el 5 % del pasivo tienen que pedirlo dentro de los 15 días. Por eso revisamos el caso antes de presentar nada.

¿Sirve si soy autónomo?

Si eres persona física, el concurso sin masa enlaza con la Ley de Segunda Oportunidad para pedir la exoneración de deudas. Te explicamos qué vía conviene en tu caso.

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Responsable editorial

Josefa Fernández Iglesias
Abogado · Especialista en derecho mercantil y concursal · Exa Jurídico
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