¿Tu empresa está en insolvencia?
El concurso de acreedores es el procedimiento regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020) que se inicia ante el Juzgado de lo Mercantil cuando una persona física o jurídica no puede atender sus pagos: permite paralizar ejecuciones, alcanzar un plan de reestructuración o un convenio y, en último término, liquidar de forma ordenada el patrimonio.
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Hacer el diagnóstico¿Qué camino te conviene: preconcurso o concurso?
3 preguntas. Te orientamos sobre la vía más protectora para ti y tu empresa.
Las fases del concurso
Pulsa cada fase para ver qué ocurre y cómo te acompañamos.
Tipos de concurso
Voluntario
Lo solicita la propia empresa o autónomo. La vía más protectora: demuestra diligencia del administrador.
Necesario
Lo instan los acreedores ante el impago. Conviene adelantarse y no esperar a que lo pidan ellos.
Con continuidad
La actividad sigue durante el concurso. El objetivo es un convenio que mantenga la empresa viva.
Exprés
Cuando no hay activos suficientes ni para el procedimiento, se declara y concluye en el mismo auto.
Cada mes de retraso es responsabilidad personal.
Si la empresa es insolvente y no se solicita el concurso en plazo, el administrador puede responder con su patrimonio personal de las deudas sociales. Actuar a tiempo te protege. Un abogado concursal lo gestiona de principio a fin.
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“Nos guiaron en el peor momento de la empresa. Claridad y cero juicios. Salvamos lo importante.”
“El preconcurso frenó los embargos y pudimos negociar. Sin ellos habríamos cerrado a lo loco.”
“Defendieron mi crédito en un concurso ajeno y recuperé bastante más de lo que esperaba.”
Tipos de concurso y a quién conviene cada uno
| Tipo de concurso | Quién lo insta | Cuándo encaja | Objetivo |
|---|---|---|---|
| Voluntario | El propio deudor | Insolvencia actual o inminente | Ordenar los pagos y limitar la responsabilidad del administrador |
| Necesario | Un acreedor | Impagos y deudor que no reacciona | Forzar el concurso para cobrar |
| Con continuidad | El deudor | Negocio viable con deuda | Reestructurar y seguir operando |
| Exprés / sin masa | El deudor | Sin bienes suficientes para cubrir el proceso | Cierre rápido y ordenado (microempresas) |
· Fuente de los datos: CGPJ, Estadística del Procedimiento Concursal (3T 2025).
Preguntas sobre el concurso
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