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Gastos · No caduca · TJUE C-561/21

Reclamar los gastos de tu hipoteca.

Al firmar tu hipoteca, el banco probablemente te cargó todos los gastos de constitución —notaría, registro, gestoría y tasación— en una cláusula que los tribunales consideran abusiva. La buena noticia: el TJUE confirmó en 2024 que la acción no caduca, así que puedes reclamar aunque tu hipoteca esté pagada o cancelada hace años. Estudio gratis y honorarios a éxito. 100% online en toda España.

Qué es

Qué gastos puedes reclamar.

No todo, pero sí la mayor parte.

Cuando contrataste la hipoteca, el banco te impuso una cláusula que cargaba al cliente todos los gastos de constitución. El Tribunal Supremo ha declarado abusiva esa imposición y ha repartido los gastos. Puedes recuperar:

  • Registro de la propiedad: 100% corresponde al banco.
  • Gestoría: 100% al banco.
  • Notaría: el 50% (matriz) se reparte; las copias, a quien las pida.
  • Tasación: a cargo del banco en buena parte de los casos previos a la LCCI.

El IAJD (impuesto de actos jurídicos documentados) es a cargo del banco para las hipotecas nuevas desde el RDL 17/2018; en las anteriores, su tratamiento depende del caso.

No caduca

¿Hay plazo para reclamar?

El gran cambio del TJUE de 2024.

Durante años, la duda era si la reclamación había prescrito. La sentencia del TJUE de 25 de abril de 2024 (C-561/21) lo aclaró a favor del consumidor: el plazo para pedir la devolución de los gastos no empieza a contar hasta que se conoce el carácter abusivo de la cláusula (en la práctica, hasta que hay sentencia firme de nulidad). El Tribunal Supremo ha asumido ese criterio.

Consecuencia práctica: se puede reclamar aunque la hipoteca esté pagada o cancelada hace años. La acción de nulidad de la cláusula es, además, imprescriptible.

AvisoPágina informativa. La viabilidad de cada reclamación depende del caso concreto (transparencia, documentación e importes). No es asesoramiento jurídico ni promesa de resultado.
Jurisprudencia

El reparto que rige hoy.

Del Supremo de 2019 al TJUE de 2024.

La STS de 23 de enero de 2019 fijó el reparto de gastos que siguen aplicando los juzgados (registro y gestoría al banco, notaría al 50%). La STJUE de 16 de julio de 2020 reforzó la protección y la STJUE C-561/21 de 2024 resolvió la prescripción.

En conjunto, la doctrina es estable y favorable: la cláusula de gastos es nula y el consumidor recupera lo que pagó indebidamente, con intereses.

Cuánto

Cuánto puedes recuperar.

Una cantidad modesta pero segura.

El recobro medio por gastos de hipoteca se sitúa en una horquilla de 1.500 a 4.000 € según el importe del préstamo y los conceptos efectivamente cargados, más los intereses legales desde que pagaste.

No es la reclamación de mayor cuantía, pero es de las más seguras: la doctrina está consolidada. Y se acumula bien con otras cláusulas (suelo, IRPH o comisión) en una sola reclamación.

Cómo

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Sencillo y sin coste inicial.

Necesitamos tu escritura de hipoteca y, si las conservas, las facturas de notaría, registro y gestoría. Con eso calculamos lo reclamable, presentamos la reclamación previa al banco y, si no paga bien, demandamos.

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Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Puedo reclamar los gastos si pagué la hipoteca hace años?

Sí. La sentencia del TJUE de 25 de abril de 2024 (C-561/21) estableció que el plazo de devolución no corre hasta conocerse el carácter abusivo de la cláusula, por lo que se puede reclamar aunque la hipoteca esté pagada o cancelada hace tiempo.

¿Qué gastos se recuperan exactamente?

El registro de la propiedad y la gestoría al 100%, la notaría en la parte que corresponde al banco y, según el caso, la tasación. El IAJD lo paga el banco en hipotecas desde el RDL 17/2018; en las anteriores depende del caso.

¿Cuánto se recupera de media?

Entre 1.500 y 4.000 € según el importe del préstamo y los conceptos cargados, más los intereses legales desde el pago. Lo calculamos en el estudio inicial.

¿Necesito conservar las facturas?

Ayudan, pero no siempre son imprescindibles: gran parte de los importes constan en la propia escritura y se pueden reconstruir. Envíanos lo que tengas.

¿Puedo juntar gastos con IRPH o cláusula suelo?

Sí, y es lo recomendable. Acumular las cláusulas reclamables en una sola demanda es más eficiente y aumenta el importe a recuperar.

¿Cuánto cuesta?

A éxito: si no recuperas, no cobramos. El diagnóstico de 30 minutos con un abogado, si lo quieres, cuesta 29,90 €.

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Responsable editorial

Hernando Fernández
Abogado · Reclamaciones bancarias e hipotecarias · Exa Jurídico
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