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Cataluña concentra el 1er volumen de concursos de acreedores de España (CGPJ Q1 2025: 4.000+ procedimientos).
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Abogados de concurso de acreedores en Barcelona · 100% online.

Cataluña lidera España en procedimientos concursales según el CGPJ. Llegar al concurso no es el final: es el momento de elegir qué tipo de final. Concurso voluntario con plan de reestructuración bien armado, procedimiento especial para microempresas, liquidación ordenada o defensa frente a concurso necesario. Lo tramitamos al 100% online ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona (1 a 12) por videollamada, firma electrónica y LexNET. Atenem en català. Sede en Málaga · trabajamos en toda España.

Atenem empreses en català. Si prefereixes que la videoconferència, els correus i les trucades siguin en català, no hi ha cap problema. Els escrits judicials davant del Jutjat Mercantil de Barcelona els podem presentar en castellà o en català segons convingui.
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Resumen rápido

Presentamos y defendemos concursos de acreedores ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona (doce juzgados especializados, Barcelona 1 a 12): voluntario, necesario, procedimiento especial para microempresas y plan de reestructuración pre-concursal. Cataluña concentra el 1er volumen de procedimientos concursales de España según el CGPJ Q1 2025 (más de 4.000 procedimientos en el periodo). 100% online por videollamada, firma electrónica y LexNET. Atenem en català. Sede del despacho en Málaga.

¿Cómo se tramita el concurso de acreedores en Barcelona?

El concurso de acreedores en Barcelona es el procedimiento regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020), tramitado ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona. Tras la Ley 16/2022 se distingue el concurso ordinario, el plan de reestructuración pre-concursal (art. 583 y siguientes TRLC) y el procedimiento especial para microempresas. La competencia territorial la fija el centro de intereses principales del deudor (COMI), normalmente coincidente con el domicilio social registrado en Barcelona o en cualquier punto de Cataluña.

Cómo se gana o se pierde un concurso

5 razones por las que necesitas un abogado mercantil especializado.

El concurso no se decide en el juzgado: se decide en los 6 meses anteriores. Plan de reestructuración, comunicación del art. 583 TRLC, inventario de acreedores, garantías sobre activo. La diferencia entre cerrar limpio o responder personalmente está ahí.

Pre-concurso para ganar tiempoEl art. 583 TRLC suspende ejecuciones 3 meses para negociar con acreedores. Bien usado, es la herramienta más infrautilizada del derecho concursal español. Especialmente útil en pymes catalanas con tensiones de tesorería.
Plan de reestructuración (PdR)Reforma 2022 TRLC: el plan permite homologar acuerdos con mayorías reforzadas y arrastrar a disidentes. Los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona son referentes en este nuevo procedimiento por volumen y especialización.
Concurso voluntario vs necesarioPedirlo tú (voluntario) protege al administrador y permite proponer plan. Esperar a que lo pida un acreedor (necesario) suele activar la responsabilidad concursal del administrador.
Calificación culpable o fortuitaSi el concurso se califica culpable, los administradores responden con su patrimonio personal por el déficit concursal (art. 456 TRLC). La forma en que se llega al concurso decide la calificación.
Liquidación ordenada con valorSi liquidación es el destino, mejor en concurso que extrajudicial. Permite vender unidad productiva (UP) en los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona manteniendo empleos y maximizando recobro. Cataluña tiene mucho movimiento de UP por su tejido industrial.
Cómo trabajamos a distancia

Barcelona ↔ Málaga, en cuatro pasos.

El procedimiento concursal se basa en documentación, telemática y LexNET. La presencia física es residual.

1. Videollamada de 30 minPrimera consulta gratuita por Google Meet o WhatsApp Video. En español o en català, según prefieras. Te confirmamos si procede pre-concurso, plan de reestructuración o concurso.
2. Documentación digital cifradaTe enviamos un checklist y subes balances, libros contables, contratos relevantes, estado de tesorería y listado de acreedores a una carpeta cifrada. Sin papel.
3. Firma electrónicaDemanda de concurso, plan de reestructuración, escritos del administrador concursal y todos los actos procesales se firman con FNMT, IdCat o certificado digital cualificado.
4. Presentación telemática (LexNET)Todo se presenta vía LexNET ante el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona competente por el COMI de tu empresa.
Servicios concursales para empresas catalanas

Servicios complementarios al concurso.

Concurso de acreedores (nacional)

Pillar nacional con calculadora "Test de viabilidad concursal".

Ver pillar nacional →

Ley de Segunda Oportunidad Barcelona

Cancelación de deudas para autónomo o ex-administrador con domicilio en Cataluña.

Ver 2ª Oportunidad Barcelona →

Responsabilidad de administradores

Defensa del administrador frente a calificación culpable.

Ver responsabilidad →

Corporate compliance

Programa que reduce el riesgo de calificación culpable.

Ver corporate compliance →

Asesoramiento mercantil

Antes del concurso: revisión societaria, contractual y de gobierno corporativo.

Ver asesoramiento →
Marco normativo aplicable

El concurso de acreedores después de la reforma 2022.

El concurso de acreedores se regula en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020), tras la reforma profunda de la Ley 16/2022 que transpuso la Directiva (UE) 2019/1023. La reforma introdujo dos cambios estructurales: el plan de reestructuración (Libro Segundo TRLC) para empresas viables, y el procedimiento especial para microempresas (Libro Tercero TRLC) para autónomos y empresas con menos de 10 trabajadores y volumen inferior a 700.000 €.

En Barcelona, el concurso de acreedores se tramita ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona (Ciudad de la Justicia, L'Hospitalet de Llobregat), competentes por el domicilio del deudor. La distancia desde nuestra sede en Málaga no afecta al procedimiento: trabajamos 100% online con videollamada, firma electrónica reconocida y presentación telemática vía LexNET ante el juzgado competente.

Tipos de procedimiento

No todos los concursos son iguales.

ProcedimientoPara quiénPlazo medioResultado posible
Plan de reestructuración (Libro II)Empresa viable con desequilibrio temporal3-6 mesesAcuerdo con acreedores sin entrar al concurso
Procedimiento especial microempresas (Libro III)Autónomos y empresas pequeñas6-12 mesesContinuidad, liquidación ordenada o exoneración
Concurso voluntarioEmpresa que solicita por iniciativa propia9-18 mesesConvenio o liquidación
Concurso necesarioIniciado por un acreedor12-24 mesesLiquidación habitualmente; mayor riesgo de calificación culpable
Concurso sin masaSin patrimonio realizable4-8 mesesExoneración o conclusión por insuficiencia

La elección del procedimiento adecuado es la decisión más relevante del proceso. Hacerlo bien acorta plazos, reduce coste y abre opciones; equivocarse cierra puertas.

Responsabilidad del administrador

El riesgo personal del administrador.

El art. 2 TRLC obliga al administrador a solicitar concurso en los dos meses siguientes a conocer la insolvencia actual. Llegar tarde es la causa más frecuente de calificación culpable del concurso (arts. 442-446 TRLC). Las consecuencias para el administrador y personas afectadas pueden incluir:

  • Inhabilitación para administrar bienes ajenos durante 2 a 15 años.
  • Pérdida de derechos como acreedor concursal o de la masa.
  • Obligación de devolver bienes o derechos obtenidos indebidamente.
  • Cobertura del déficit concursal con patrimonio personal (art. 456 TRLC) cuando la calificación culpable haya generado o agravado la insolvencia.

La defensa del administrador empieza antes del concurso: orden contable, evitar operaciones perjudiciales en los dos años previos, presentar el concurso a tiempo y documentar las decisiones críticas. Barcelona tiene 10 juzgados de lo mercantil con secciones especializadas en concurso de persona física y en concurso societario.

Solo vs con abogado especialista

Por qué la elección de abogado condiciona el resultado.

AspectoSin abogado especialistaCon abogado especialista en concursal
Diagnóstico previoConcurso por defectoAnálisis: ¿plan de reestructuración? ¿microempresas? ¿concurso voluntario?
Plazo de presentaciónRiesgo de tardía → calificación culpableCómputo correcto del plazo de 2 meses (art. 5 TRLC)
Defensa del administradorAsumida, sin documentarArgumentación de diligencia con cronología y documentación
Negociación con acreedoresNoConvenio anticipado, refinanciación, dación en pago según caso
Unidad productivaLiquidación atomizadaVenta como unidad productiva si conserva valor
Coste y plazo finalesMayor por subsanaciones y errores estratégicosAcotado por preparación previa y elección procesal óptima
Preguntas frecuentes desde Barcelona

Dudas habituales.

¿Necesito desplazarme a Málaga si mi empresa está en Barcelona?

No. Tramitamos todo el procedimiento concursal 100% online: videollamada, recogida documental por correo electrónico, firma electrónica y presentación telemática vía LexNET ante el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona competente por el COMI (centro de intereses principales) de tu empresa.

¿Atendéis empresas en català?

Sí, atendem empreses en català. La videoconferència, els correus i les trucades poden ser en català. Els escrits judicials davant del Jutjat Mercantil de Barcelona els podem presentar en castellà o en català segons convingui al cas.

¿Qué juzgado mercantil tramita mi concurso si mi empresa está en Barcelona?

Los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, que cuentan con doce juzgados especializados (Barcelona 1 a 12) en derecho concursal y reparten los concursos por turno objetivo a través del decanato. Cataluña concentra el mayor volumen de procedimientos concursales de España (CGPJ Q1 2025: más de 4.000 procedimientos).

¿Cuándo es obligatorio presentar concurso?

El art. 5 TRLC obliga al administrador a presentar concurso voluntario en 2 meses desde que conoce la insolvencia actual. No hacerlo es uno de los principales motivos de calificación culpable y responsabilidad personal del administrador con su patrimonio.

Soy administrador de una SL catalana. ¿Respondo con mi patrimonio personal?

Solo si hay calificación culpable (art. 456 TRLC) o avales personales. Si presentas concurso a tiempo, llevas contabilidad correcta y no realizas operaciones de vaciado de la sociedad, normalmente la calificación es fortuita y no respondes con tu patrimonio personal.

¿Cuánto tarda un concurso en los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona?

Concurso de pyme con liquidación: 12-18 meses. Concurso con plan de reestructuración o convenio: 9-13 meses. Concurso con venta de unidad productiva: 7-10 meses. Cataluña tiene los juzgados más especializados de España en concursal pero también con carga alta por el volumen.

¿Estudiamos la situación concursal de tu empresa catalana?

Primera consulta gratuita por videollamada en menos de 24 horas. Si llamas a tiempo, casi siempre hay alternativa al concurso (plan de reestructuración, art. 583 TRLC). Atenem en català.

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