Servicio · 08
Un buen contrato previene el litigio. Un mal contrato lo garantiza.
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Firma de contrato con pluma — contratos mercantiles
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Código Comercio · Ley 12/1992 · Ley 7/1996

Contratos mercantiles redactados por abogados.

Redactamos, negociamos y revisamos los contratos que soportan la actividad de la empresa: distribución, agencia, franquicia, joint venture, suministro, licencia, NDA y acuerdos marco. Con cláusulas trabajadas al detalle para que el litigio nunca suceda, y si sucede, para que ganes.

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Resumen rápido

Distribución, agencia, suministro, franquicia o licencia: cada contrato mercantil tiene riesgos específicos y normativa propia. Los redactamos a medida del modelo de negocio, blindando precio, exclusiva, indemnización por clientela y resolución, con cláusulas en español e inglés cuando hay contraparte internacional.

¿Qué son los contratos mercantiles?

Los contratos mercantiles son los acuerdos celebrados entre empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad económica, regulados con carácter general por el Código de Comercio de 1885 y el Código Civil, y por leyes especiales como la Ley 12/1992 de agencia o la Ley 7/1996 de comercio minorista. Su régimen incluye libertad de pacto, buena fe negocial y responsabilidades específicas por incumplimiento.

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Exa Jurídico (2026). Contratos mercantiles. Recuperado el de https://exajuridico.com/contratos-mercantiles/
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Contratos por abogado desde 49,90 €.

Dos modalidades según la complejidad del contrato. Precio cerrado para los habituales; reunión previa gratuita para los que requieren negociación o estructura.

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49,90 €
IVA incluido · entrega 24-48h · 1 ronda de cambios

Redactado y firmado por abogado especialista

Para contratos comunes que se cierran sin negociación compleja. Cuestionario online (5 min) → borrador en 24-48h → firma electrónica eIDAS si la quieres.

Tipologías incluidas
  • NDA / acuerdo de confidencialidad bilateral o unilateral
  • Prestación de servicios profesionales
  • Freelance / colaborador externo
  • Arrendamiento de servicios
  • Compraventa simple (bienes muebles)
  • Cesión de derechos / propiedad intelectual estándar
  • Carta de intenciones (LOI) o pre-contrato

Tu contrato lo redacta o revisa un abogado en ejercicio del despacho — nunca una plantilla automática.

Contratar online · 49,90 €

Pago seguro con tarjeta · Stripe · Factura con IVA · ¿Dudas? pregunta antes por WhatsApp.

Contrato complejo a medida
Presupuesto
Reunión previa gratuita · sin compromiso

Cuando hay negociación, riesgo o estructura compleja

Videollamada gratuita de 20-30 min para entender el caso. Te damos presupuesto cerrado por escrito antes de empezar a trabajar.

Tipologías habituales
  • Pactos de socios / acuerdos parasociales
  • Distribución y agencia comercial (Ley 12/1992)
  • Franquicia, licencia, joint venture
  • SPA / compraventa de participaciones (M&A)
  • Contratos internacionales (CISG, INCOTERMS, ley aplicable)
  • Acuerdos con cláusula arbitral o reparto de garantías complejas

Reunión inicial sin coste. Si encajamos, presupuesto cerrado por escrito.

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Qué hacemos

Contratos a medida, no plantillas.

Redactamos contratos desde cero cuando el caso lo merece, y negociamos/revisamos contratos propuestos por terceros cuando eres el receptor de una plantilla. Nuestra ventaja: hemos visto romperse contratos en los tribunales y sabemos qué cláusulas aguantan y cuáles son cosmética.

Trabajamos sobre el Código de Comercio, el Código Civil (arts. 1255 y ss. autonomía de la voluntad), la Ley 12/1992 sobre contrato de agencia, la Ley 7/1996 de Comercio Minorista (franquicia), la Ley 60/2003 de Arbitraje y, para contratos internacionales, el Reglamento Roma I (CE 593/2008) y el Convenio de Viena de 1980 sobre compraventa internacional de mercaderías.

Tipología

Los contratos que hacemos.

Canal

Distribución

Exclusiva o selectiva, mínimos de compra, preaviso de resolución, gestión del stock e indemnización por clientela.

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Intermediación

Agencia comercial

Ley 12/1992: remuneración, zona, exclusividad, no competencia e indemnización por clientela (art. 28).

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Marca

Franquicia

Ley 7/1996 y RD 201/2010: DIP, royalties, know-how, territorio y no competencia. Para franquiciador y franquiciado.

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IP / Software

Licencia de software

Licencia o cesión, exclusividad, territorio, royalties, código fuente y derechos de autor (RDL 1/1996).

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Colaboración

Freelance

Colaboración con autónomos sin riesgo de falso autónomo: objeto, propiedad intelectual, confidencialidad y no exclusividad. Desde 49,90 €.

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Confidencialidad

NDA / confidencialidad

Acuerdo de confidencialidad bilateral o unilateral para proteger información en una negociación. Desde 49,90 €.

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Servicios

Prestación de servicios

Servicios profesionales B2B: alcance, SLAs, responsabilidad limitada, IP generada y protección de datos.

Ver más →
Cláusulas clave

Las cláusulas que siempre trabajamos.

  • Objeto y alcance — sin ambigüedades que el día del pleito paguen caras.
  • Precio, IVA, forma de pago — con intereses de demora (Ley 3/2004 morosidad comercial) y facturación conforme.
  • Duración, renovación y preaviso — claves en distribución y agencia.
  • Resolución y terminación — causas, notificación, efectos y obligaciones post-contractuales.
  • Penalización e indemnización de daños — con límites de responsabilidad (caps) y exclusiones (indirectos, lucro cesante).
  • Ley aplicable y jurisdicción / arbitraje — especialmente crítico en contratos internacionales.
  • Confidencialidad y no competencia — ámbito geográfico, temporal y objetivo razonables.
  • Propiedad intelectual — titularidad, licencias cruzadas, mejoras y derivados.
  • Protección de datos — coordinación con RGPD y LOPDGDD cuando hay tratamiento.
Preguntas frecuentes

Dudas sobre contratos.

¿Qué diferencia hay entre agente y distribuidor?

El agente actúa por cuenta y en nombre del principal. El distribuidor compra y revende por cuenta propia. La agencia está regulada por la Ley 12/1992 con protección específica (indemnización por clientela). La distribución es innominada.

¿Qué es la indemnización por clientela?

Compensación que el principal debe pagar al agente al finalizar el contrato si aportó nuevos clientes o incrementó las operaciones. Art. 28 Ley 12/1992. La jurisprudencia del TS la aplica por analogía a la distribución en determinados casos.

¿Es válido un contrato de franquicia internacional?

Sí. En España está regulado por la Ley 7/1996 y el RD 201/2010. Obligatorio registrar al franquiciador e informar al franquiciado con 20 días de antelación con el documento de información precontractual (DIP).

¿Por qué redactar un NDA antes de negociar?

Para proteger información confidencial durante la negociación. Define qué es confidencial, duración, usos permitidos y consecuencias del incumplimiento.

¿Conviene arbitraje en contratos internacionales?

Sí, habitualmente. Ofrece rapidez, confidencialidad y ejecutabilidad internacional vía Convenio de Nueva York 1958.

¿Y si me envían un contrato para firmar?

Lo revisamos con ojo de litigante: dónde están los riesgos, qué cláusulas negociar y qué letra pequeña esconde problemas futuros. Redactamos una propuesta de redline si procede.

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